Nuestra socia, María Jesús Martín Ortega, ha publicado en El Derecho, un artículo acerca de cómo se lleva a cabo la repartición de la herencia entre el cónyuge viudo y los hijos del fallecido, una situación que se produce con frecuencia y que genera dudas entre las partes implicadas.

Generalmente, el vínculo entre los hijos del causante y la viuda es rara vez estrecho y los asuntos hereditarios son bastante sensibles.  Se trata una situación la cual implica que los bienes que ha venido disfrutando la viuda a lo largo de la convivencia con el fallecido ahora forman parte de los hijos de este, pero no solo la tenencia de los posibles inmuebles la tiene su viud@, sino que, igualmente, dispone de todo el contenido de la vivienda habitual que puede contener todo tipo de enseres personales, artículos con relevancia económica etc.

Desde Martín Ortega & Garro Abogados, aconsejamos frente esta situación la realización una relación detallada de todos los bienes muebles que pudiera tener el fiando, fotográfica o bien si el fallecido era cauteloso que la tuviera hecha, para que cualquier discrepancia posible sea resuelta con una mera relación de artículos y la división de los mismos.

Partiendo de este supuesto de hecho, que fallece el padre y los hijos de este prestan asistencia a la herencia con su viuda, se deben considerar diversos elementos. En primer lugar, es crucial solicitar los diferentes certificados: de seguro, de últimas voluntades, de cuantas bancarias a fecha del fallecimiento y de defunción, al igual que poder determinar si el causante dejó testamento o no.

Si desea descubrir cómo se puede determinar si el causante dejó testamento, al igual que cómo tiene lugar repartición de la herencia entre el cónyuge viudo y los hijos del fallecido, puede acceder al artículo completo, publicado por El Derecho, haciendo clic aquí.